A partir del primero de julio en ningún establecimiento comercial del estado podrá haber bolsas de plástico desechables y desde el primer día de octubre también quedará prohibido en todo el territorio zacatecano el uso de popotes, vajillas desechables o bolsas de plástico para cubrir los recipientes en los que se ingieren los alimentos en restaurantes o cualquier local de venta de comida.

Estas disposiciones serán obligatorias en los 58 municipios, después de que las y los diputados de la LXIII Legislatura aprobaran por unanimidad una nueva Ley para el Control de la Contaminación Derivada del Uso de Productos Desechables.

Las multas por los incumplimientos a esta norma podrán oscilar entre 50 y 100 Unidades de Medida y Actualización (UMAS). Para determinar el monto, la autoridad competente que será la Procuraduría de Protección al Ambiente del gobierno estatal tendrá en cuenta la gravedad de la infracción, si hay o no reincidencia y cuál es la capacidad económica de quien viole la ley.

Asimismo, en este apartado, se contempla que la multa puede ser hasta dos veces el monto original en caso de reincidencia; se podrá clausurar por 15 días el establecimientos cuando no se corrija la situación detectada por la autoridad o cuando se niegue a pagar la multa; y se cerrará de forma definitiva el local cuando se cometa la misma conducta en tres ocasiones.

Con la entrada en vigor de esta ley, una vez que sea publicada en el Periódico Oficial del Estado, la Secretaría de Agua y Medio Ambiente tendrá 90 días para elaborar la norma ambiental para llevar a cabo las verificaciones de biodegradabilidad de los productos y tendrá 80 días para conformar la estrategia de colocación de contenedores para residuos reciclables.