Además de Ulises y Antonio Mejía Haro, Iván de Santiago Beltrán y otras personas que fueron sentenciadas por violencia política de género, en el recurso legal interpuesto por la síndico municipal Ruth Calderón Babún, se vieron involucrados periodistas, funcionarios y ciudadanos en general, conductas fueron investigadas aunque el Tribunal De Justicia Electoral Del Estado De Zacatecas (TRIJEZ) no encontró infracciones atribuibles, según se desprende de la versión pública de la sentencia.

Campaña en medios de comunicación

En el análisis realizado por la magistrada ponente Teresa Rodríguez Torres, se analizó si distintos medios de comunicación, publicaron notas en sus páginas electrónicas y/o través de redes sociales con contenido de violencia política de género en contra de la Síndica Municipal, y si las mismas fueron ordenadas por el Presidente Municipal o a través de alguno de sus subalternos.

También se analizó si la síndico municipal es objeto de invisibilización al no ser cubiertas sus actuaciones y las de la sindicatura.

En ese tenor se investigaron a los siguientes periodistas y medios de comunicación cuyos trabajos fueron presentados como pruebas por la síndico municipal:

  • Gabriel Contreras de Agenda Política 
  • Norma Galarza de La Cueva del Lobo
  • Alberto Amador de Átomos
  • Andrés Vera de Periómetro

Esto derivado de la publicación de información respecto a que se habían determinado como “improcedentes” algunas acciones legales interpuestas por la síndico municipal.

No obstante, el TRIJEZ no encontró en estas publicaciones elementos constitutivos de violencia política de género.

En el mismo sentido, el TRIJEZ analizó si Ruth Calderón Babún o el área a su cargo, sufrían de invisibilización al no tener cobertura mediática, no obstante, los medios en su defensa expresaron que habían ofrecido el espacio a la síndico municipal para exponer su postura, sin embargo ésta había declinado la oferta.

De este gremio, sólo fue sancionada la periodista Claudia Valdez Díaz de Las Noticias Ya, debido a su columna de opinión La Casa de los Perros del 19 de junio del 2021 en la que decía:

  1. a) (Ruth Calderón) “(…) pretendía inmovilizar el funcionamiento de los servicios públicos como el alumbrado”
  2. b) “Y mientras la Síndica, y el grupúsculo que la empuja a cometer torpezas, hasta terminar exhibida como una funcionaria incapaz y acomplejada (…)”

Asimismo el periodista Andrés Vera Díaz también recibió sanción, sin embargo ésta fue en su condición de ciudadano, toda vez que el motivo fue una publicación en su Facebook personal titulado “qué nivel de ignorancia” en el que calificaba como tal, el llamado que la síndica municipal había realizado en sesión de cabildo para que se presentara de inmediato el contralor municipal”, a lo cual Vera Díaz señaló como “no es tráiganme unas cocas del oxxo”.

En este mismo tema se analizó si el alcalde Ulises Mejía Haro había hecho usado de los convenios con este medios de comunicación, de aproximadamente 8 mil pesos mensuales con La Cueva del Lobo, Agenda Digital, y Periómetro; 24 mil pesos mensuales con Las Noticias ya, y 40 mil pesos mensuales con Átomos, para emprender una campaña contra la síndico municipal, sin embargo esto no pudo ser acreditado.

Servidores públicos

También se analizó si diversos servidores públicos habían cometido violencia política de género en contra de Ruth Calderón Babún ya sea durante una rueda de prensa encabezada por el alcalde Ulises Mejía Haro, o bien, en redes sociales y mensajería por whats app.

En particular el Lic. Gerardo Espinoza Solís, entonces director jurídico del Ayuntamiento de Zacatecas y actual secretario de Gobierno fue señalado en dos ocasiones por la probable comisión de violencia política de género: la primera porque sus declaraciones fueron retomadas por los medios de comunicación en notas con respecto a la síndico municipal, en lo cual el TRIJEZ no encontró violencia política de género.

El segundo señalamiento contra Espinoza Solís fue por su participación en una conferencia de prensa realizada el 7 de septiembre de 2020 con el propósito de que el alcalde Ulises Mejía Haro diera a conocer su postura respecto de la sentencia del Tribunal de Justicia Electoral del Estado recaída a los juicios TRIJEZ-JDC-004/2020.

Sin embargo en dicha rueda de prensa, el TRIJEZ no encontró elementos que dieran cuenta de violencia de género, por lo que tampoco fueron sancionados el resto de sus participantes, al menos por este asunto: Iván de Santiago Beltrán, secretario de Gobierno, Ana Emilia Pesci Martínez: Directora del Instituto de la Mujer para la Igualdad. Ni tampoco resultó responsable Rubén Menchaca Mares, quien siendo Jefe del Departamento de Agenda Digital del Ayuntamiento de Zacatecas, fue señalado por ser responsable de la transmisión de la conferencia de prensa.

Por su parte el conductor, Alejandro Castillo conocido como el “freshé” quien en ese momento trabajaba para el ayuntamiento de Zacatecas, fue investigado al ser parte junto con otras cinco personas del grupo de whats app “La negra tomasa” en el que se compartían memes de la síndica municipal, y se le comparó con la caricatura Piolín, sin embargo no fue encontrado responsable al no ser parte de la conversación.

Ciudadanos

Finalmente, luego de que la síndico municipal recibiera amenazas a través de whats app, se investigó a dos ciudadanos cuyos nombres estaban asociados con los números telefónicos desde los cuales se hicieron los mensajes, sin embargo ninguno de ellos fue considerado en la sentencia debido a que no se pudo acreditar fehacientemente que fueran autores de los mensajes.

Para más detalles, uno de ellos no pudo ser localizado, sin embargo su hermana informó que tiene 18 años residiendo fuera de México y no se conoce que tuviera teléfono celular. En tanto la otra persona documentó que dejó de utilizar el chip asociado al número tres meses antes de los mensajes en cuestión, mismo que según declara destruyó por haber sido un regalo de una pareja sentimental con la que había terminado.

Esta investigación sigue su curso a través de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas, por lo que la sentencia mencionada sólo se refiere en cuanto a la violencia política de género.