Redacción

Ulises Mejía Haro e Iván de Santiago no deben ser inscritos en el Padrón de Personas Sancionadas por Violencia Política por Razón de Género según determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En sesión pública de este miércoles 12 de mayo, la Sala Superior revocó, con 5 votos a favor y 2 en contra, la instrucción del Tribunal Local del Estado de Zacatecas que ordenaba dar vista al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) para que se les inscribieran en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, motivo por el cual el IEEZ negó sus registros como candidatos a diputado local (Ulises Mejía) y a Presidente Municipal (Iván de Santiago)  ambos por el Partido Encuentro Solidario (PES),

De acuerdo a esta resolución, se violentó el principio de irretroactividad de la ley, lo cual haría inconstitucional el ordenamiento dictado por el Tribunal Electoral de Zacatecas.

A 25 días del momento de las urnas, Ulises Mejía Haro, e Iván de Santiago Beltrán se encuentran en espera de que sus registros como candidatos sean avalados por la autoridad electoral, por lo que hasta ahora se encuentran acompañando las actividades proselitista de su partido en calidad de ciudadanos.

No serán candidatos: Ruth Calderón

Por su parte la síndico municipal Ruth Calderón Babún, y denunciante de este asunto, publicó en redes sociales que está resolución no significa el registro como candidatos tanto de Ulises Mejía Haro como de Iván de Santiago Beltrán, pues de acuerdo a Calderón, haber sido sentenciados por violencia política de género significa por sí mismo que no tienen un modo honesto de vivir, y por tanto no podrían ser candidatos por lo que se les negaría nuevamente el registro.

Asimismo lamentó que se celebrara está resolución y comentó que como mujer le indignaba “que la violencia se normalice”.